Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)nacida en fecha 27 de Junio del 2007 y a los ciudadanos JESÚS ALBERTO GONZÁLEZ AGUILAR Y FAUSTO ALEJANDRO GONZÁLEZ AGUILAR venezolanos ,mayores de edad titulares de la cedulas de identidad Nros 18.759.540 y 18.759.541, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, MARÍA VIRGINIA AGUILAR LÓPEZ quien en vida era venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad Nº 7.918.942 fallecida en fecha 22 de Diciembre 2018 en su carácter de hijos; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.