En consecuencia, corríjase las referidas actas de nacimiento donde se colocó "QUE EL DIA TREINTA DE ENERO DEL CORRIENTE AÑO", toda vez que diga "QUE EL DIA TREINTA DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS", así mismo, el nombre y segundo nombre de la solicitante "DEOSLEBIS KARINET", toda vez que en lo adelante diga "DEOSLEYBIS KARINETH", que es lo correcto.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión y remítanse bajo oficio al Registro Civil del Municipio San Felipe y al Registro Principal del estado Yaracuy, a los fines que de conformidad con lo establecido en los artículos 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, se sirvan corregir el Acta de nacimiento N° 1209, Folio 236, Tomo III, del año 1993, de los Libros llevados por ese Despacho, a objeto de que suscriban la correspondiente nota marginal en la misma. Líbrense oficios y copias certificadas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE incluso en el sitio web WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE y en la página web WWW.TSJ.GO.....