En mérito de las anteriores consideraciones y revisadas las circunstancias particulares del presente caso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de EXTENSION DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la ciudadana Migdalia Pastora Duran Valenzuela, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.025.818., residenciada en Guayurebo, Sector Simón Padilla, Calle 4, casa Nº 200, Municipio Cocorote estado Yaracuy, representada por el abogado Héctor Javier Santos Plazas, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 176.312, en beneficio del niño: "Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA", nacido en fecha: cinco (05) de Septiembre del año 2017, de siete (07) añ.....