este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en Chivacoa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer la presente demanda de Reconocimiento de instrumento Privado interpuesta por la ciudadana Carmen Yvel Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.589.454, asistida en este acto por la abogada Elvigia Álvarez, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 152.531, en contra de los ciudadanos Justo Ramón Pinto, Benancia Del Carmen Mendoza Meza, Marielis Coromoto Riera Méndez, Juana Editluz Agatón Juárez y Francisco José González Figueroa, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-827.042, V-6.604.111, V-26.402.725, V-10.366.162 y V-5.465.206 respectivamente; y en consecuencia, se acuerda la remisión del presente expediente mediante .....