Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Abogada Sorelys Quintero, actuando en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UH06-V-2022-000114, relacionado con el procedimiento de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HERENCIA, interpuesta por la Ciudadana ARGELIA REGINA MARIN RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.603.335, actuando en representación de su hija IDENTIDAD OMITIDA, CONFORME AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, nacida el día 25 de julio de 2016, tiene seis.....