Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano: RICHARD JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, celebró un contrato de compraventa con la ciudadana MIGDALIA MARITZA MARCHENA DE ROJAS,en virtud del cual le vendía todos los derechos de propiedad que tiene sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno municipal, según ficha catastral signado con el Código Catastral Actual Nº 22 06 00 U01 006 013 009 001 000 001, ubicado en la carrera 4 con esquina calle 4 Barrio El Carabalí, Sabana de Parra, Jurisdicción del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, con un área total de terreno deTREINTA Y OCHO METROS CON CUARENTACENTÍMETROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE (38,40 Mts), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Locales com.....