este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso de nulidad de acto administrativo conjuntamente con medida cautelar de Amparo, interpuesto por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura representada por el abogado Abg. Daniel Rafael Enrique Guillen, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.214, contra la Providencia Administrativa número 088/ 2010 De Fecha 26 De Marzo De 2010 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, que declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por el ciudadano Rafal Gustavo Herrera González, titular de la cedula de identidad número 12.083.354 contra el recurrente en nulidad. En consecuencia, se declara la NULIDAD ABSOLUT.....