es por lo que este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Incompetente para conocer la presente demanda de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana EVELYN LORENA GALÍNDEZ ZAMBRANO, contra su cónyuge LUIS ALEJANDRO PEÑA CAMPOS, todo ello de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009 – 0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de marzo de 2009 y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009.
SEGUNDO: Se declina la competencia al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy que por distribución le corresponda; y,
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al referido Juzgado a los fines que cono.....