DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 01, constituido en la categoría Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el Art. 367 del Código Orgánico Procesal Penal, SE CONDENA al ciudadano OMAR ALEXANDER BUENO CHIRINOS, a la pena de NUEVE (09) AÑOS y SIETE (07) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en la Ley, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con la parte final del artículo 80 del Código Penal, y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Articulo 415 del mismo Código, en perjuicio de la ciudadana VIOLETA COROMOTO GALÍNDEZ YARZA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, todo de conformidad con el artícu.....