declara: UNICO: CON LUGAR la solicitud de FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana DAYANA CAROLINA MENDOZA SUAREZ, en representación de su hijo identidad omitida, en contra del ciudadano EDUARDO JOSE YOVERA VALERA, antes identificado. En consecuencia, se fijan las cantidades de: 1) CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales por concepto de Pensión de Alimento, a partir de la fecha en que quede firme la presente Sentencia; y 2) DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) en la primera quincena del mes de diciembre de cada año, por concepto de Aguinaldos.
La Obligación Alimentaria establecida anteriormente, se corresponde al 21.47% del salario mínimo actual que es de 465.750,00 mensual, y deberá ser aumentada automáticamente y en la misma proporción en la medida que aumenten los beneficios del obligado alimentario.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Urachiche y J.....