DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Acoge parcialmente la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público en lo que respecta al delito de HOMICIDIO INTENCIONAL , previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio ROBERT ALAN BASTIDAS ARENAS y desestima la precalificación jurídica de Lesiones Personales, toda vez que no fue presentado reconocimiento médico legal en la persona del ciudadano YUNIOR ARTURO GALINDEZ ORTEGA.
2) Se impone al imputado ROGER ASDRUBAL RIVERO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.769.895, de Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón a que.....