ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado aportará la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES SEMANALES, para la Obligación de manutención de su hija, que será depositada en una cuenta de ahorros a nombre de la demandante de autos, que consignará posteriormente, así como también aportará el cincuenta por ciento de las cuotas extras para útiles y uniformes escolares en el mes de septiembre, estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre, con relación a medicinas, asistencia médica los cubrirá su seguro. Dicha cantidad corresponde al 29.31% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 2.047,50) y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercia.....