Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos JOSÉ LUIS GODOY GÁLEA y AMÉRICA JOSEFINA PRADO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.511.026 y V-8.517.311 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado RAMÓN ARAMBULET, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 261.092. SEGUNDO: DECRETA: la disolución del vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ LUIS GODOY GÁLEA y AMÉRICA JOSEFINA PRADO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.511.026 y V-8.517.311 respectivamente, celebrado en fecha 22 de abril del año 1988, por ante la oficina de Registro.....