sanción las medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, a través de sus presentaciones ante los miembros del Equipo Técnico aludido, acatando con sentido de responsabilidad todas las orientaciones que le fueron impartidas, en los términos de los Informes consignados a dichos efectos.
En base a las anteriores consideraciones, es por lo que este Juzgado estima que lo procedente en esta etapa del proceso, es DECRETAR LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, que por vía de sustitución de las originalmente impuestas por el Tribunal de Juicio respectivo, fueron acordadas como sanción, al joven VÍCTOR VÁSQUEZ, por el lapso de UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES, y NUEVE (9) DÍAS y así, el cese también de sus presentaciones ante la indicada Oficina del Equipo Multidisciplinario, cumplidas como han sido las mismas, de conformidad con las previsiones de los artículos 645, 646 y 647, literales a) y h) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesce.....