DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes esgrimidas este Tribunal Tercero de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA CULPALBE a los ciudadanos GUALDRÒN JOSE EFRAÌN Y JHONATA EDGAR LUGO por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de vehículo proveniente del delito de Robo y Resistencia a la Autoridad por los hechos acreditados en este tribunal y ocurridos en el año 2008, en consecuencia se le CONDENA a cumplir una pena de CUATRO AÑOS, SEIS MESES Y SIETE DIAS DE PRISIÒN mas las accesorias de ley que incluye: a) la inhabilitación política mientras dure la condena y b) la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta. Penas que será cumplida en los Establecimientos penitenciarios que establece la Ley y que disponga el Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, conform.....