PRIMERO: ADMITE a sustanciación la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús Jordán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.146, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Alirio Jesús Camero Terán, titular de la cédula de identidad N° 7.507.907, contra la empresa Aguas de Yaracuy, C.A y en consecuencia, este Tribunal;
SEGUNDO: ORDENA la notificación de la empresa agraviante, Aguas de Yaracuy, en la persona de su Presidenta ciudadana Yalitzi Sobeida González Figueredo, para que comparezca a la realización de la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice.
TERCERO: ORDENA la notificación del Procurador General del estado Yaracuy, ciudadano José Jhonatan Mujica, para que comparezca a la realización de la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis horas siguientes a la opo.....