declara competente para conocer del presente juicio de divorcio, al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, tal como lo decidió el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial el 30 de marzo de 2005, el cual deberá remitir las actuaciones al declarado competente. Queda resuelto el conflicto de competencia planteado.