DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la presentación realizada por ante este Tribunal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por el representante Fiscal como fue la precalificación del delito de Robo Agravado en grado de Frustración, previsto en el articulo 450 y 80 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Guillermo Antonio Lucena, de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,. Segundo: Se le decreta Medida Cautelada de Presentación Una (01) vez por semana, a los fine.....