A tal efecto, quien Juzga acuerda lo solicitado de mutuo acuerdo por las partes, en consecuencia conviene en DIFERIR la celebración de la presente AUDIENCIA PRELIMINAR, para el día MIERCOLES 14 DE MAYO DE 2008, a las DOCE MERIDIAN (12:00 M). Sin Notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-