DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana MARIA DE LA CRUZ PEÑA MUÑOZ contra su cónyuge ciudadano ADON SENON GONZALEZ ESPAÑOL, identificados en autos, en base a la causal segunda del artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente y consecuencialmente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAÍDO ENTRE ELLOS por ante el Registro Civil del Municipio de la Parroquia Salom del Municipio Nirgua, Estado Yaracuy; según acta N° 93, de fecha 10 de diciembre de 2010.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.