Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara; PRIMERO: IMPARTE SU APROBACION Y HOMOLOGA LA TRANSACCIÒN en la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), incoada por el ciudadano WILMER RAMON TORRES DORANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.482.284, debidamente asistido por la abogada GLORIA EVELINA GIMÉNEZ GONZÁLEZ, Inpreabogado Nº 119.215, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.274.569, en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, en ese orden; conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente una vez que conste en autos el cumplimiento de lo .....