Tal como se observa en el presente expediente, la ultima actuación efectuada en el mismo, fue en fecha 27 de junio de 2005 y por cuanto no ha habido impulso procesal desde esa fecha hasta la presente, se produce una discontinuidad material de la instancia, por lo cual este Tribunal de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la Perención de la Instancia en el presente Juicio de de Inquisición de Paternidad, presentada por la Abg. REINA ZOLAIME COLMENAREZ AGUILAR, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en nombre de la niña identidad omitida, representada por su madre la ciudadana NATALIA CARIDAD BARBOZA OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.109.204, domiciliada en Piedra Grande, Prolongación con la Av. Cedeño, calle 1, casa N° 1, municipio Independencia, Estado Yaracuy contra el ciudadano JAVIER ERNESTO LANDA LOPEZ, Extranjero, mayor de edad, titular de la c.....