PRIMERO
Vista la INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA la entidad de trabajo MAXIMA SEGURIDAD 2010, C.A., en la persona del ciudadano JOSÉ LUÍS PÉREZ SÁNCHEZ, en su condición de Gerente, a la celebración de la audiencia preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y considerando que la pretensión del demandante no es contraria a derecho y revisado por esta instancia el libelo de demanda y sus anexos aportados por el actor, se constata que no se desvirtúa la pretensión del demandante y en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con los criterios vinculantes establecidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA ADMISION DE LOS HECHOS ALEGADOS POR EL DEMANDANTE ciudadano: JO.....