DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 2 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: impone la medida de Detención Preventiva para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), en el presente asunto por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 en relación con el 6, en sus ordinales 1°, 2°, 3° y 8° de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en agravio del ciudadano DIEGO MIGUEL HERNANDEZ MARTÍNEZ, la cual será cumplida en la Casa de Formación Integral "Br. Manuel S. Álvarez", ubicada en el Municipio Cocorote del estado Yaracuy, de acuerdo con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del.....