este Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención y cuotas extras, formulada por la demandante Ciudadana NANCY YAMILETH LEDESMA PIÑA, en contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ PÉREZ, ambos debidamente identificados en autos, en beneficio de del niño (OMITIDO EL NOMBRE), de xx (x) año y xx (x) mes de nacido y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) QUINCENALES, que el ciudadano JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ PÉREZ aportará a su mencionado hijo, a partir del día quince del presente mes, monto equivalente al 29,30% del salario mínimo mensual actual (Bs. 2.047,50), así como también deberá aportar el 50% de los gastos de medicinas, asistencia médica, estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre, no .....