Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA INADMISIBLE, la presente acción de Amparo Constitucional intentado por la ciudadana Karelys Yubisay De Mederez de Tellez, a favor de los imputados Mario Andrés Tellez Tellez, Johan Rafael Rodríguez Rodríguez y Pedro Miguel López López, contra la decisión pronunciada en audiencia de presentación de imputado celebrada en fecha 29-02-2.008.