"...este Juzgado Superior Agrario, actuando en primer grado de cognición contencioso administrativo agrario, ADMITE LA APELACIÓN ejercida anticipadamente, en ambos efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en acatamiento a los criterios Jurisprudenciales emitidos por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en expediente Nº 06-882, sentencia Nº RC-00563, de fecha 20 de de julio del año 2007, en la cual reiteró su criterio sobre la apelación anticipada, plasmado en sentencia anterior de esa misma Sala de fecha doce (12) de abril del año 2005 y del criterio sostenido al respecto por la Sala Constitucional del citado Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 425, expediente Nº 16-0034, de fecha ocho (8) de julio del año 2016. En tal sentido, se ordena remitir mediante Oficio, el presente expediente signado con el alfanumérico JSA-2018-000439 (nomenclatura particular de este Juzgado) a la Sala de.....