DECISION
Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por el ciudadano MARTIN ANGARITA Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N°: V-1.577.192 y ratificada en su acta de comparecencia por la ciudadana GUADALUPE HERNANDEZ SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N°: V-1.585.934.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio San Antonio, Distrito Bolívar del Estado Táchira, según acta de Matrimonio Nº 135, Folio 177-178 al Vto del Año 1.996.