En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Imparte la HOMOLOGACION a la transacción efectuada por el ciudadano JUAN CARLOS GUTIERREZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.798. 174, representado judicialmente por el abogado ENIO JESUS ZERPA BOISSIERE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.513.515, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 49.979 y por la ciudadana YUNEIRIS JOSEFINA SEQUERA SILVA, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio titular de la cédula de identidad N° V-16.592.946, debidamente asistida por la abogada LILA CRISTINA QUERO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.510.412, inscrita en el Institut.....