IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN de la acción interpuesta por la ciudadana AUROLINA GARCES DE FRANCISCO, antes identificada.
Publíquese y regístrese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los 07 días del mes de Octubre de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez Provisorio,
ALONSO E. BARRIOS A.
La Secretaria,
YELIMER PEREZ RIVERO
En la misma fecha, siendo las tres horas y cero minutos de la tarde (03:00 p.m.), previo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho, se dictó y publicó el fallo que precede, quedando anotado bajo el Nº 00258. Se expidió la copia certificada ord.....