TERCERA: DE LA MEDIACIÓN. El Tribunal ante el cual se celebra la presente transacción exhortó al ACTOR y a CORPORACION INLACA, C.A., a explorar fórmulas de arreglo mutuamente satisfactorias y, como consecuencia de lo expresado, las partes procedieron a analizar cada uno de sus alegatos, llegándose al siguiente acuerdo:
CUARTA: ACUERDO TRANSACCIONAL. No obstante lo anteriormente señalado por las partes y con el objeto de transigir total y definitivamente: a) El JUICIO; b) Los conceptos que han servido de base para calcular la pretensión contenida en esta acción que el ACTOR le ha formulado a CORPORACION INLACA, C.A., por: prestaciones sociales, garantía de las prestaciones sociales (artículo 142A LOTTT), corrección monetaria, indexación, costos y costas procesales, beneficios y pasivos laborales y contractuales de la Convención Colectiva 2.015-2.017, y última Acta celebrada por ante la Inspectoria del Trabajo del estado Yaracuy de fecha 09 de febrero del 2.023 y cualquier otra sobrev.....