Tribunal de Control N° 2 de esta misma Sección, a imponerle como sanción las medidas de: LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES; y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por espacio de SEIS (6) MESES, por haberlo hallado responsable de la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, en grado de Frustración, previsto en el artículo 5 y en el 6, ordinales 1,2,3,5 y 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano ANDERSON ASDRÚBAL VEROES.
En fecha 27 de Octubre de 2004, se celebró Audiencia de Ejecución de Sentencia por ante este Tribunal, designándose al Equipo Técnico de la Sección de Adolescentes, adscrito a este Circuito Judicial Penal, como el ente encargado de la supervisión, asistencia y orientación de dichas medidas restrictivas de libertad y de derecho. Requerido como les fue, por este Despacho a los miembros del Equipo Técnico, el Informe de Seguimiento correspondiente, y recibido éste en sede del.....