DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la presente acción seguida por: MARIANA PEÑA FONSECA, en su condición de madre del niño: (Identificación Reservada), contra el ciudadano: ARNOLDO JESÚS CEGARRA PÉREZ venezolano, cédula de identidad N°. V- 15.662.419, mayor de edad, soltero y de este domicilio, por cuanto no probó por ningún medio, la filiación legal del demandado con respecto al niño para quien se solicitó la fijación de la obligación de manutención.-.
No se hace pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de la presente acción.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; Nirgua, a los ocho (08) días del mes de abril del año dos mil diez- Año 199º de la I.....