DECISION
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA CUANTIA, para conocer del presente procedimiento de DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO seguido por MANUEL ANTONIO CASTILLO FRIDO contra DEXIS JOSEFINA BAEZ DE CAPELLA.
SEGUNDO: En consecuencia, declina el conocimiento de la presente causa al Tribunal del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 212 de la Ley de Transporte Terrestre.-