esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Leotilio José Escalona González, en su condición de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; contra la decisión dictada por el Tribunal Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, inserta, en la causa principal UP02-P-2015-00213. SEGUNDO: se Revoca el Auto dictado en fecha 27 de Abril de 2015, y todos los actos celebrados con posterioridad a dicha decisión, y se ordena la celebración de una nueva Audiencia de Presentación del Imputado con un Tribunal de Control distinto al que conoció, de acuerdo al sistema de distribución de causas llevado por ante este Circuito Judicial Penal