DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada FROILA BRICEÑO SIERRA, Juez Superior Temporal de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UK01-X-2005-00025, incidencia de inhibición presentada por el Juez de Juicio N° 2, Abg. Edgar Torrealba.