ACUERDA CONCEDER AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS (IDA Y VUELTA) de los niños Identidad omitida con el artículo 65 de Ley Orgánica de Protección de Niño, Niña y Adolescente. , de 7, 6 y 2 años de edad, nacidos el día 9/3/2012, 25/4/2013 y 9/4/2017 respectivamente, con pasaporte Nros 142116887, 142144680 y 143170657 pueda viajar fuera del Territorio Venezolano desde el día sábado diez (10) de agosto de 2019 hasta el día once (11) de noviembre de 2019, fecha de ingreso a la República Bolivariana de Venezuela, en compañía de su madre la ciudadana HODA NASRALLAH, nacionalidad Líbano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-84.547.041, con numero de pasaporte Nº 3267763.
La presente autorización de viaje, no se corresponde a un cambio de domicilio, por lo que los niños deberán regresar al país, en la fecha pautada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada. Se acuerda cuatro (4) juegos de copias certificadas a la parte para fines legales.
Dada.....