DECISIÓN
Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: La "PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL" de la parte solicitante el ciudadano GERINELDO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.669.660, con domicilio en "El Portal de los Morros, calle G, casa Nº 22, parroquia San Juan de los Morros, municipio Juan Germán Roscio, estado Guárico, por estar demostrado en las actas del expediente N° 1131-2024, que no ha realizado ningún acto procesal para darle impulso a la solicitud; SEGUNDO: La "PERENCIÓN DE LA INSTANCIA", en la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano GERINELDO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.669.660, con domicilio en "El Portal de los Morros, call.....