ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de la adolescente ANDREA NOHEMI LEAL LEAL, bajo la responsabilidad de crianza de la ciudadana ADRIANA MELENDEZ CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.718.742, quien tendrá el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistirla material, moral y afectivamente, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa; en consecuencia, deberán permanecer la adolescente en compañía de la prenombrada ciudadana en su hogar, quien tendrá la representación legal ante las Instituciones Públicas y Privadas, así como todos los deberes y derechos al igual que sus padres, sin exclusión de los deberes y derechos de éste. Cúmplase.-