ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: EMILY NATALY MOYETONES ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.573.435, , asistida en este acto por el abogado HECTOR JOSE MEDINA COLMENAREZ inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 238.957; contra los ciudadanos: GREISMAR CAROLINA LOPEZ SAAVEDRA y HECTOR WILMHER MEDINA NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, hábiles, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.750.389 y V-4.069.771 respectivamente, en consecuencia DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 03 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas de.....