le correspondió a este Tribunal el conocimiento del presente asunto.
Solicitado el abocamiento. En fecha 12 de marzo de 2009, quien Juzga se aboca al conocimiento de la presente causa. En fecha 23 de marzo de 2009, se fijó el nuevo procedimiento y se ordenó la notificación de las partes. Notificadas las partes, en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2010, se fijó la fase de mediación de la audiencia preliminar, para el día ocho (8) de diciembre de 2010 a las nueve de la mañana. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadano HERNAN YOVERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la calle principal de Camunare, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 7.911.064 y de la comparecencia de la parte demandada ciudadana MARISOL YOVERA MONSERRAT, venezolana, mayor de edad, domiciliada.....