Se homologò el desistimiento, asi como el acuerdo ocurrido entre las representaciones judiciales de cada una de las partes en conflicto, ampliamente identificadas en autos, dàndosele caracter de Cosa Juzgada. Asì mismo se ordenò el archivo del presente Asunto, una vez quede firme la presente Resoluciòn. Se dejò copia debidamente certificada de la misma para su archivo en este Tribunal. Se dejò sin efecto la audiencia preliminar establecida mediante auto dictado en fecha 05-12-2007, que riela al folio 33.