Decide: 1.- Se Admite la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del Ciudadano Yonny Miguel Lucena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.316.808, albañil, soltero, natural de San Felipe, fecha de nacimiento 14/12/85, domiciliado en el Sector San Jacinto, calle Principal, segundo Callejón, casa Nro. 43, después de la Pradera, a dos entradas, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, por la Comisión del Delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ley vigente para el momento de los hechos, actualmente en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Sociedad, ley esta mas favorable; toda vez que existen suficientes elementos de convicción para estimar que participo en la comisión del referido Delito Imputado en el tiempo modo.....