Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Hecho, ejercido por la abogada Florangel León, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Numero 174.606, actuando en representación de la Procuraduría General del estado Yaracuy representación judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 05 de marzo de 2020, dictado por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la demanda que por BENEFICIOS DE JUBILACION Y OTROS CONCEPTOS, incoada por los ciudadanos LUIS GONZALEZ Y JESUS PALACIOS contra la GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Dada la naturaleza especial del presente fallo, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.