Por los razonamientos anteriores, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA HACER COMPARECER a los ciudadanos DARLY FLAVIA DE BORRERO, titular de la cédula de identidad N° 11.506.595,Venezolana, Domiciliada en Rivera de Torbes, AV. Principal, Casa N° 03, San Cristóbal Estado Táchira y FLORES M. INOCENCIO, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.182.231, Venezolano, Domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira. Así mismo, se acuerda oficiar a los funcionarios policiales competentes, para que se sirvan ejecutar la presente orden, y sea inmediatamente conducido ante este Tribunal de Control N° 4, a los fines establecidos en el artículo 522 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Juez de Control N° 4
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