En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DISPONE: PRIMERO: IMPARTIRLE LA HOMOLOGACION a la transacción celebrada en fecha 14-3-2013 por el ciudadano Jakson Alfredo González Díaz, titular de la cédula de identidad N° 14.143.347, asistido por la abogado Lilian Escalona, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.278, en la demanda de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por él en contra de la sociedad mercantil Panadería y Pastelería Flor de Yaritagua, C.A., representada por la Directora Durvalina Rodríguez de Márquez, titular de la cédula de identidad N° E-795.199, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Pr.....