declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de AUMENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, interpuesta por la ciudadana ANA MARIA GONZALEZ CHAVEZ, en representación de su hija identidad omitida, en contra del ciudadano LUIS RAFAEL BASTIDA, antes identificado.- SEGUNDO: Se condena al demandado LUIS RAFAEL BASTIDA, a aumentar la Pensión de Alimento de su hija identidad omitida, de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) mensual a CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensual, a partir del mes de marzo del año 2006, los Aguinaldos de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) a DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) en la primera quincena del mes de diciembre de cada año; y en aportarle para gastos de Útiles Escolares la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) en el mes de septiembre de cada año.
La cantidad fijada por concepto de Pensión de Alimento, es decir Bolívares 100.000,00 mensual, corresponde al 21.47% del salario mínimo actual que es de 465.750,00 mensual, la misma se incrementará .....