le imparte su aprobación y consecuencialmente su HOMOLOGACIÓN; a tal efecto, da por CONSUMADO EL CONVENIMIENTO DE PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES CONYUGALES como consecuencia de ello, quedan adjudicados los bienes de la manera siguiente: PRIMERO: El Activo 1).- Un inmueble ubicado en la ciudad de Chivacoa el cual fue adquirido por la comunidad concubinaria según documento registrado bajo el No. 2010.2641, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el N° 460.20.2.1.521 y correspondiente al libro de folio real del año 2010 en la Oficina de Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, valorado en CATORCE MIL DOLARES (14.000,00$) el cual queda adjudicado a la ciudadana MAYRA YAMILET GIMENEZ FALCÓN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.966.650, quedando obligada en este acto a cancelar el valor del cincuenta por ciento (50%) equivalente a SIETE MIL DOLARES ($7.000°°), al ciudadano FRANCIS GABRIEL PINTO TOVAR venezolano, mayor de edad, .....