Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, realizada por los ciudadanos ELIOENAY JOSE LINAREZ AGUIAR y FRALBYS NOREILA PERDOMO ESPARRAGOSA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-13.503.103 y V-16.262.735 respectivamente, en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.