De la revisión del expediente, se evidencia que la niña de auto se encuentra bajo los cuidados de los solicitantes; este tribunal considera necesario e indispensable, en uso de las atribuciones conferidas en la ley especial, y tomando en cuenta el interés superior de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, de 3 meses de edad, nacida 10 de mayo de 2017, contemplado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes, principio el cual está dirigido a asegurar el desarrollo integral, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías; y siendo que los ciudadanos YUSBELIS CRISTINA GIRON DE ALVAREZ y JOEL ALEXANDER ALVAREZ BASTIDAS, identificados en autos, quienes le han brindado los cuid.....